Ingresos Brutos: cómo es el trámite para recuperar el saldo a favor en 48 horas

A través de un simple y sencillo trámite, el cual se realiza 100% online, se puede recuperar el saldo a favor del Impuesto a los Ingresos Brutos

Cómo hacer el trámite para recuperar el saldo a favor de Ingresos Brutos

El universo total alcanza a 221.000 posibles beneficiarios. Por eso, desde la AGIP ya se inició contacto con estos contribuyentes, tanto por correo como por Domicilio Fiscal Electrónico, mediante una notificación oficial para dar inicio al trámite.

Con respecto al trámite, este se hace de la siguiente forma:

  • Se realiza desde la “Cuenta Corriente Tributaria”, a la que se accede con Clave Ciudad desde la web de AGIP (www.agip.gob.ar)
  • Dentro de la “Cuenta Corriente Tributaria”, se debe seleccionar la opción “Operaciones” y luego “Devolución SAF”. Allí se deberá completar el formulario correspondiente y los datos del CBU. Al confirmar que toda la información es correcta, podrán descargar el comprobante y, de no existir inconsistencias, recibirán el dinero en su cuenta en un máximo de 96 horas hábiles
  • Los reintegros son para SAF de hasta $ 2 millones. Quienes tengan un saldo superior o necesiten atención personalizada, continuarán realizando el trámite a través del trámite a distancia (TAD)

Devolución de saldos a favor de Ingresos Brutos: quiénes pueden pedirlo

Es importante tener en cuenta que para realizar el trámite deben reunirse determinadas condiciones formales (v.gr. tener presentadas todas las declaraciones juradas del impuesto sobre los ingresos brutos) y materiales (v.gr. no tener deuda, que el monto del saldo a favor acumulado no supere los $ 2.000.000).

Adicionalmente, los contribuyentes deberán declarar una CBU a los efectos de la transferencia de los fondos de reintegro. Dicha CBU deberá corresponder a una cuenta en pesos, habilitada en una entidad bancaria autorizada por el Banco Central de la República Argentina (BCRA), de titularidad del contribuyente del tributo.

Estamos ante una excelente iniciativa. La implementación de este sistema expeditivo facilita la gestión de muchos contribuyentes que se veían atorados en un sistema burocrático con tiempos de resolución absurdos que, dado el contexto inflacionario, desvirtuaban la magnitud del crédito que veían inmovilizado, permitiendo que ahora se realice de manera ágil y eficiente.

Como punto en contra, advertimos que el monto máximo que habilita este trámite express puede resultar exiguo para muchos contribuyentes, sobre todo para las empresas que se encuentran sujetas a múltiples regímenes de recaudación que operan sobre una misma operación comercial.

En cualquier caso, cabe recordar el reciente precedente de nuestro máximo Tribunal en la causa Astillero Naval Federico Contessi del 17/09/2024, que nos indica la importancia de no demorar en iniciar pedidos de reintegro de impuestos, en tanto a partir de la interposición de acciones es que resultan aplicables intereses que permiten que esos saldos no pierdan tanto su valor.

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