Norma: RG 5698/2025 ARCA (B.O. 23/05/2025)
Vigencia: puntos 1, 3 y 4 desde el 23/05/25, punto 2 desde el 1/06/25.
Se eliminan los siguientes regímenes informativos:
- Operaciones de intermediación y/o compraventa de vehículos automotores y/o
motovehículos usados (RG 2032, sus modificatorias y complementarias). - CITI Escribanos, sobre préstamos con garantía hipotecaria y transferencia de dominio de
bienes inmuebles, cesiones de derechos y actos simultáneos a cargo de escribanos (RG 3034
y sus modificatorias). - Empresas de Servicios Públicos, de suministro de energía eléctrica, de provisión de agua, de
gas, y de telefonía fija y móvil (RG 3349, sus modificatorias y complem.). - Administradores de Inmuebles, Consorcios, Countries, Clubes de Campo, etc., respecto de
los importes en concepto de expensas, contribuciones para gastos y conceptos análogos (RG
3369 y sus modificatorias).
Norma: RG 5699/2025 ARCA (B.O. 23/05/2025)
Vigencia: a partir del 23/05/25 y serán aplicables a los períodos mensuales junio 2025 y sig.
Se elimina el régimen de información sobre tarjetas de crédito y de compra emitidas en el país (RG
3421 sus modificatorias y complementarias).
Se aumentan los montos mínimos para informar en los regímenes de información financiera (RG
4298 sus modif. y complem., y RG 4614 y sus modificatorias):
Acreditaciones bancarias mensuales y saldos de las cuentas al último día hábil del mes: $ 50.000.000
para personas humanas y $ 30.000.000 para personas jurídicas.
Extracciones mensuales en efectivo (en moneda argentina o extranjera): $ 10.000.000.
Monto total acumulado de plazos fijos constituidos en el mes: $ 100.000.000 para personas
humanas y $ 30.000.000 para personas jurídicas.
Consumos mensuales con tarjeta de débito del titular y/o adicionales: $ 50.000.000.
Operaciones de compras y ventas de títulos valores, suscripciones y rescates de fondos comunes de
inversión, operaciones de pase y/o caución, acumuladas en el mes: $ 100.000.000 para personas
humanas y $ 30.000.000 para personas jurídicas.
Plataformas de gestión electrónicas o digitales, Proveedores de servicios de pago, Billeteras
virtuales: cuando los ingresos o egresos totales mensuales y/o el saldo final del mes resulte igual o
superior a $ 50.000.000 para personas humanas y $ 30.000.000 para personas jurídicas.



