La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó los nuevos valores y habilitará el trámite de la recategorización para el Monotributo. El trámite debe realizarse hasta el martes 5 de agosto, inclusive.
La recategorización del Monotributo es una evaluación de parámetros que deben realizar los monotributistas para saber si se encuadran en la misma categoría en la que están o deben modificarla. Si los parámetros superan o son inferiores a los de la categoría vigente, corresponde realizar la recategorización.
- Acceder al Portal Monotributo y presionar el botón “INGRESAR AL PORTAL CON CLAVE FISCAL”. Ingresar el CUIT y la clave fiscal.
- Una vez dentro del Portal de Monotributo, ingresar a la opción “Recategorización” presionando sobre el botón “RECATEGORIZARME”. Esta opción se habilita durante enero y julio, siendo los únicos dos períodos en los que los monotributistas pueden recategorizarse.
- El sistema te va a mostrar tu categoría actual y los topes de cada parámetro de esa categoría.
- ARCA sugiere revisar las categorías vigentes antes de seguir con el trámite, para estar seguro de cuál es la categoría que corresponde. Para eso se debe hacer clic en el botón “ESCALAS VIGENTES”. Para recategorizar, se deberá presionar el botón “CONTINUAR RECATEGORIZACIÓN”.
- A continuación, se informa el monto facturado en los últimos 12 meses. El sistema pregunta si tiene o usa un local para el desarrollo de la actividad y se seleccionará la opción que corresponda. De ser “NO”, hacer clic en “CONTINUAR”.
- En el último paso, el sistema mostrará la categoría que corresponde de acuerdo con los datos aportados. ARCA sugiere verificar nuevamente la información antes de aceptar la transacción. Si los datos no son correctos, presionar en el botón “VOLVER” para corregir los errores; si por el contrario los datos están bien, hacer clic en “CONFIRMAR CATEGORÍA”.
A continuación los nuevos valores de la cuota del Monotributo ARCA:
- Categoría A: $37.085,74 servicios y venta de bienes muebles
- Categoría B: $42.216,41 servicios y venta de bienes muebles
- Categoría C: $49.435,58 servicios y $48.320,22 venta de bienes muebles
- Categoría D: $63.357,80 servicios y $61.824,18 venta de bienes muebles
- Categoría E: $89.714,31 servicios y $81.070,26 venta de bienes muebles
- Categoría F: $112.906,59 servicios y $97.291,54 venta de bienes muebles
- Categoría G: $172.457,38 servicios y $118.920,05 venta de bienes muebles
- Categoría H: $391.400,62 servicios y $238.038,48 venta de bienes muebles
- Categoría I: $721.650,46 servicios y $355.672,64 venta de bienes muebles
- Categoría J: $874.069,29 servicios y $434.895,92 venta de bienes muebles
- Categoría K: $1.208.890,60 servicios y $525.732,01 venta de bienes muebles
A continuación, los nuevos topes de facturación y cómo quedan las categorías:
- Categoría A:$8.992.597,87
- Categoría B: $13.175.201,52
- Categoría C: $18.473.166,15
- Categoría D: $22.934.610,05
- Categoría E: $26.977.793,60
- Categoría F: $33.809.379,57
- Categoría G: $40.431.835,35
- Categoría H: $61.344.853,64
- Categoría I: $68.664.410,05
- Categoría J: $78.632.948,76
- Categoría K: $94.805.682,90
Monotributo ARCA: claves de la recategorización semestral
Deben hacerlo todos los contribuyentes que, al 30 de junio de 2025, hayan superado los parámetros vigentes según:
- Ingresos brutos facturados (julio 2024 – junio 2025)
- Alquileres devengados
- Energía eléctrica consumida
- Superficie afectada a la actividad
No deben recategorizarse quienes permanecen en la misma categoría o inician actividad sin haber cumplido un semestre calendario completo



